El nuevo registro horario digital entra en su fase final y obligará a las empresas a revisar sus sistemas de control de jornada
El Ministerio de Trabajo prevé aprobar antes de que termine julio el reglamento que desarrollará el nuevo registro horario. La norma reforzará la trazabilidad de la jornada, facilitará el acceso de la Inspección de Trabajo y exigirá adaptar los actuales sistemas de fichaje.
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La digitalización del control horario entra en su recta final.
El Ministerio de Trabajo prevé aprobar antes de que finalice julio el nuevo reglamento que desarrollará el registro de jornada previsto en el Estatuto de los Trabajadores. Aunque el texto definitivo todavía no se ha publicado, el último borrador anticipa cambios relevantes para empresas y autónomos con trabajadores, especialmente en materia de digitalización, conservación de registros y acceso por parte de la Inspección de Trabajo.
La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, confirmó esta semana que el reglamento se encuentra "prácticamente listo" y expresó la intención del Gobierno de aprobarlo antes del parón estival.
Un sistema pensado para reforzar el control de la jornada
El nuevo real decreto no crea la obligación de registrar la jornada, ya vigente desde 2019, sino que modifica la forma en la que deberá realizarse ese registro.
El objetivo del Ministerio es dificultar posibles manipulaciones de los horarios declarados y mejorar la capacidad de comprobación de la Inspección de Trabajo, en un contexto en el que el Gobierno mantiene que una parte de las horas extraordinarias continúa sin registrarse ni compensarse correctamente.
Para ello, el futuro reglamento apuesta por un sistema completamente digital que permita garantizar la integridad de los registros y conservar la trazabilidad de cualquier modificación realizada sobre ellos.
Qué tendrán que revisar las empresas
Aunque será necesario esperar a la publicación definitiva del texto en el Boletín Oficial del Estado para conocer todos los requisitos técnicos, los borradores conocidos hasta la fecha apuntan a varias obligaciones que afectarán directamente a la gestión de personas.
Entre ellas destacan la implantación de sistemas digitales de registro horario, la conservación electrónica de la información y la posibilidad de que la Inspección de Trabajo pueda acceder a los registros de forma inmediata y remota cuando sea necesario.
Para muchas organizaciones esto implicará revisar el software utilizado actualmente, adaptar procedimientos internos y actualizar las políticas relacionadas con el control de la jornada laboral.
La adaptación, una de las principales incógnitas
Uno de los aspectos que todavía permanece abierto es el plazo del que dispondrán las empresas para adecuarse a las nuevas exigencias.
Las primeras versiones de la reforma contemplaban un periodo transitorio de seis meses desde la entrada en vigor del reglamento, aunque el Ministerio de Economía había planteado ampliar ese margen para facilitar la adaptación de pequeñas empresas y autónomos, especialmente por el impacto organizativo y económico que puede tener la implantación de nuevos sistemas.
Hasta la publicación del texto definitivo no se conocerá si ese periodo se mantiene o si finalmente se modifica.
Más allá del cumplimiento normativo
La reforma llega en un momento en el que la gestión del tiempo de trabajo ocupa un lugar central en la agenda laboral.
Al debate sobre la reducción de la jornada hasta las 37,5 horas semanales se suma ahora una mayor exigencia sobre la forma en la que las empresas registran el tiempo efectivo de trabajo.
Para los departamentos de Recursos Humanos, el reto no consistirá únicamente en incorporar una nueva herramienta tecnológica, sino en garantizar que los procesos de fichaje, las políticas de desconexión digital, la gestión de horas extraordinarias y los sistemas de información laboral se encuentren plenamente alineados con el nuevo marco regulatorio.
En este sentido, el registro horario deja de ser un mero requisito administrativo para convertirse en un elemento estratégico de cumplimiento, transparencia y gestión de las relaciones laborales.
